Fecha y hora: 24/06/2014 - 28/07/2014Todo el día
Categoría: No Categorías
A. INTRODUCCIÓN.
La Entidad Pública Empresarial Red.es (en adelante «Red.es»), adscrita al Ministerio de Industria, Energía y Turismo, a través de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, tiene como función impulsar el fomento y desarrollo de la sociedad de la información en España.
Con este propósito, Red.es pone en marcha el «Programa de Mejora de la Conectividad Inalámbrica del Sector Hotelero (Hoteles con Red), cuyo fin es incentivar el despliegue o mejora de redes inalámbricas de los establecimientos hoteleros, de manera que puedan ofrecer un servicio de acceso inalámbrico a Internet de calidad a sus clientes desde cualquier parte del establecimiento.
El programa permitirá mejorar la competitividad del sector hotelero ofreciendo a sus clientes servicios de acceso inalámbrico a Internet gratuitos desde cualquier dispositivo y lugar del establecimiento.
B. PRINCIPALES PUNTOS DE LA CONVOCATORIA
1. Plazos.
El plazo de presentación de solicitudes se divide en dos fases:
– Plazo de la fase I, de presentación de formularios de solicitud: Del 24 de junio de 2014 al 19 de septiembre de 2014, a las 13:00 horas.
– Plazo de la fase II, de presentación de los ficheros adjuntos a la solicitud:Del 19 de septiembre de 2014 al 3 octubre de 2014, a las 13:00 horas.
El plazo de ejecución y justificación de la instalación finalizará el 30 junio de 2015.
2. Objetivo de las ayudas.
Estas ayudas son de carácter económico y están dirigidas a empresas del sector hotelero (CNAE 2009. 55.10 Hoteles y alojamientos similares y 55.20 Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia) para el despliegue o mejora de redes inalámbricas.
Los establecimientos deben tener un mínimo de 40 plazas hoteleras y que esté ubicado en Andalucía, entre otras comunidades autónomas.
No se admiten asociaciones, comunidades de bienes, ni entidades públicas, ni semipúblicas.
3. Importe de la ayuda.
Red.es subvencionará el 80% del presupuesto subvencionable que se apruebe para cada proyecto (impuestos indirectos excluidos).
– Mínimo de ayuda de 5.000 €: Es decir, el presupuesto mínimo total será de 5.000(80%) + 1.250(20% a poner por el beneficiario)= 6.250 € (100%) I.V.A. NO INCLUÍDO
– Máximo de ayuda de 25.000 €: Es decir, el presupuesto máximo total será de 25.000(80%) + 6.250(20% a poner por el beneficiario)= 31.250 € (100%) I.V.A. NO INCLUÍDO
4. Determinación de la ayuda.
Los solicitantes deberán presentar, con su solicitud, un presupuesto de proyecto, compuesto por los conceptos subvencionables establecidos.
Con arreglo al presupuesto de proyecto presentado, Red.es determinará un presupuesto subvencionable para cada beneficiario en función de los gastos que se consideren subvencionables.
5. Requisitos de los proyectos.
a) Cobertura: la red inalámbrica desplegada debe cubrir en torno a un 90% de la superficie del establecimiento hotelero incluyendo las habitaciones y las zonas comunes (cerradas y abiertas). Se exigirá un informe firmado por el proveedor de la instalación de la red inalámbrica que confirme el porcentaje de cobertura aproximado del establecimiento tras la realización de los trabajos, de acuerdo con lo descrito en el anexo III de la Convocatoria
b) Tecnología:
– La red inalámbrica debe estar basada en la tecnología Wi-Fi y cumplir con el estándar 802.11g o superior y que trabaje por lo menos en la banda de los 2,4 GHz. Se exigirá una relación señal/ruido (SNR) mínima de -75 dBm.
– Puntos de Acceso: deben incluir antenas multientrada, multisalida como mínimo 2×2 o deseable para zonas densas de usuarios 3×3. Deben tener un puerto con Power over Ethernet (“POE”), e integrar un controlador inteligente de gestión de ancho de banda. Se recomienda un punto de acceso como máximo cada 50 m2 para dar cobertura con garantía de conectividad y ancho de banda, aunque dependerá de las características de cada establecimiento.
– Elementos de electrónica de red: Los Switches deben incorporar puerto POE y la posibilidad de conectar puertos de fibra. Se recomienda que la distancia de los switches a los puntos de acceso no sobrepase los 90 metros para desplegar una red inalámbrica que ofrezca un servicio con una calidad mínima.
– Cableado estructurado: los cables de red de datos, latiguillos de conexión entre paneles y latiguillos de conexión de equipos de red deben ser de cobre Unshielded Twisted Pair (UTP), soportar los estándares más avanzados (CAT 6 o superior) y finalizar en rosetas hembras con conexiones RJ45. Se exigirá la correcta certificación de la red desplegada de acuerdo con lo descrito en el anexo III
c) Gestión de la red: la solución desplegada debe contemplar la gestión inteligente del ancho de banda interna por usuario para garantizar una calidad de servicio mínima. Esta gestión por usuario debe permitir limitar la capacidad disponible por usuario y restringir su tráfico, garantizando así unos mínimos por usuario sobre el ancho de banda disponible.
d) Seguridad: la red inalámbrica debe configurarse con protocolos de seguridad (WEP, WPA o WPA2) que garanticen la confidencialidad e integridad de los datos. También se deben proporcionar los mecanismos de seguridad adecuados en los equipos de red que dan soporte a la red inalámbrica y garantizar una autenticación en el acceso a la misma. En el caso de que exista un portal cautivo para el control de acceso, dicho portal debe contener el logotipo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), de acuerdo con las obligaciones establecidas en la Base DUODÉCIMA de la Convocatoria.
e) Línea de acceso a Internet: El establecimiento debe disponer de una la línea de acceso a Internet para dar soporte a la red inalámbrica objeto de la ayuda, que garantice por usuario de la red un servicio de calidad que permita una navegación continuada, la revisión de su correo electrónico y la descarga y envío de fotos y videos desde sus redes sociales, para un escenario de acceso concurrente de aproximadamente un 50% de los clientes del establecimiento con respecto a la capacidad máxima del hotel.
f) Legalidad: el proyecto deberá realizarse de acuerdo con la normativa de aplicación y contar con todas las autorizaciones de las correspondientes administraciones que sean precisas. Además todo el equipamiento y los componentes empleados tendrán que haber superado los controles de calidad y estar homologados por la Unión Europea.
6. Conceptos subvencionables.
a) Gastos asociados al despliegue o mejora de la conectividad inalámbrica del establecimiento, incluyendo:
Infraestructura hardware y software de red necesaria para el despliegue de la red inalámbrica y de su gestión (contemplando puntos de acceso, switches, armarios de comunicación, puntos de red, cableado y canalización, etc.).
– Infraestructura de red eléctrica necesaria para el despliegue de la red inalámbrica (contemplando puntos de red eléctrica, cableado y canalización, cuadros eléctricos, diferenciales, magnetotérmicos, etc.). Sólo formará parte de la ayuda la infraestructura de red eléctrica directamente vinculada y estrictamente necesaria para el despliegue de la red inalámbrica, siempre que sea posible se utilizará la característica Power over Ethernet (“PoE”) de los puntos de acceso minimizando la infraestructura de red eléctrica.
– Subcontratación de servicios profesionales directamente vinculados al despliegue o mejora de la conectividad inalámbrica del establecimiento.
– La subcontratación de dichos servicios incluye trabajos de estudios de cobertura y dimensionamiento de la red, adecuaciones técnicas en el establecimiento para el despliegue de la red, servicios de instalación, parametrización, configuración y certificación de la red y de los servicios proporcionados, servicios de capacitación a los administradores de red y cualquier otra actividad que deba ser subcontratada a terceros y que sea imprescindible al despliegue o mejora de la red inalámbrica y esté vinculada a él.
– Los proveedores que realicen los servicios profesionales de instalación de la red inalámbrica deben disponer de los certificados vigentes mencionados en el anexo III de la Convocatoria.
Este concepto es obligatorio, el importe del presupuesto subvencionable destinado a este gasto no puede ser inferior al 60% del total.
b) Gastos de contratación de una nueva línea de acceso a Internet o mejora de la capacidad del acceso actual para dar soporte a la red inalámbrica desplegada, que cumpla el requisito de “Línea de acceso a Internet” mencionado en la Base CUARTA de la Convocatoria. Se podrán subvencionar los gastos vinculados al alta de una nueva línea o de mejora de la capacidad de la línea de acceso a Internet actual y que cumpla con los requisitos especificados anteriormente, hasta un máximo de 3 meses de servicio, periodo que ha sido considerado por Red.es como el necesario para dar soporte a los trabajos de instalación, configuración, certificación y pruebas de la red inalámbrica objeto de la convocatoria. La línea de acceso a Internet puede ser fija o móvil.
– Previo al envío de la documentación para la justificación de este gasto, el beneficiario tendrá la obligación de disponer de una línea de acceso a Internet para dar soporte a la red inalámbrica objeto de la ayuda, que cumpla los requisitos técnicos especificados, independientemente de que el citado gasto forme parte o no de la ayuda.
El importe del presupuesto subvencionable destinado a este gasto no puede superar el 40% del total.
7. Requisitos que deben cumplir los gastos subvencionables.
I. Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido al efecto en las Bases de la Convocatoria.
II. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.
III. En ningún caso podrá concertarse por el beneficiario la ejecución total o parcial (subcontratación) de las actividades subvencionadas con:
a) Personas o entidades incursas en alguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
b) Personas o entidades que hayan percibido otras subvenciones para la realización de la actividad objeto de contratación.
c) Intermediarios o asesores en los que los pagos se definan como un porcentaje de coste total de la operación, a menos que dicho pago esté justificado con referencia al valor de mercado del trabajo realizado o los servicios prestados.
d) Personas o entidades vinculadas con el beneficiario, salvo que concurran las siguientes circunstancias:1.ª Que la contratación se realice de acuerdo con las condiciones normales de mercado.
2.ª Que se obtenga la previa autorización del órgano concedente en los términos que se fijen en las Bases reguladoras.e) Personas o entidades solicitantes de ayuda o subvención en la misma convocatoria y programa, que no hayan obtenido subvención por no reunir los requisitos o no alcanzar la valoración suficiente.
IV. Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, para el contrato menor (iguales o superiores a 18.000 euros Impuestos Indirectos Excluidos), el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción de la prestación del servicio, y elegir la más económica, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren.
8. Conceptos no subvencionables.
Se consideran conceptos no subvencionables, y por lo tanto no serán tenidos en cuenta en el cálculo ni justificación de la ayuda, los siguientes:
– Gastos corrientes.
– Gastos recurrentes.
– Adecuaciones de carácter no técnico en el establecimiento que deriven del despliegue de red inalámbrica o de la línea de acceso a Internet.
– Gastos de obras.
– Gastos de despliegue de infraestructura propietaria del operador de Telecomunicaciones.
– Gastos derivados del alta del suministro eléctrico.
– Consumibles.
– Mobiliario.
– Hardware y software que no sea de red o de instalación de red eléctrica.
– Gastos de personal.
– Impuestos.
En general, cualquier otro gasto no incluido expresamente en la relación de conceptos subvencionables establecida en las Bases de la Convocatoria.
9. Presentación de la solicitud.
A través del formulario habilitado en la sede electrónica de Red.es (https://sede.red.gob.es/) y mediante firma digital.
10. Selección de los beneficiarios.
Red.es seleccionará a los beneficiarios de la ayuda, de entre las solicitudes que cumplan los requisitos establecidos en las Bases de la Convocatoria, mediante, en su caso, sorteo, hasta agotar la cuantía total máxima de las ayudas destinadas a cada Comunidad. El presupuesto disponible en Andalucía es de 7.500.000,00 €
11. Justificación de la ayuda.
Una vez finalizado el proyecto objeto de la ayuda, el beneficiario deberá presentar a Red.es una justificación técnica y económica de los trabajos realizados, mediante la documentación establecida en el anexo III de la Convocatoria.
La justificación de los trabajos realizados se deberá presentar a través de la Sede Electrónica de Red.es.
Sólo se admitirán trabajos realizados, facturados y pagados a partir del fin del plazo de solicitud establecido en la Base UNDECIMA de la Convocatoria y antes de que finalice el plazo de justificación establecido en la misma base.
En la justificación de gastos, los beneficiarios deberán acreditar la ejecución y pago del total del presupuesto subvencionable del proyecto, así como de los impuestos indirectos aplicables al mismo, con base en el cual se ha calculado el importe de la ayuda.
Con base en el presupuesto subvencionable justificado se verificará que el importe de la ayuda correspondiente cumple con los límites establecidos en la Base QUINTA de la Convocatoria. En el caso de que no se cumplan dichos límites se aminorará la ayuda hasta que se cumplan. Si no es posible que la ayuda cumpla los límites establecidos, se cancelará.
C. SERVICIOS PROFESIONALES DE LOS INGENIEROS TÉCNICOS Y GRADUADOS DE TELECOMUNICACIÓN.
Los Ingenieros Técnicos y Graduados de Telecomunicaciones de la comunidad andaluza, ofrecen su servicios profesionales en todas las fases de tramitación de la ayuda, tales como:
– Elaboración y diseño del proyecto para el que se solicita la ayuda que cumpla los requerimientos técnicos establecidos en las bases de la convocatoria.
– Elaboración del presupuesto del proyecto, con asesoramiento técnico para contrastar ofertas con las diferentes empresas instaladoras.
– Coordinación y apoyo en la tramitación de la documentación solicitada por Red.es, que debe ser realizada vía telemática mediante firma electrónica.
– Dirección técnica de la instalación, que asegure una correcta implantación de la solución adoptada y que cumpla la condiciones establecidas en las bases de la ayuda.
– Gestión con los operadores de banda ancha de telecomunicaciones para la contratación del producto que mejor se adapte al cliente.
– Supervisión de la elaboración de los certificados requeridos para justificar la ayuda, tales como «Certificado de red de cables estructurado» e «Informe de cobertura de la red inalámbrica en el establecimiento».
D. DOCUMENTACIÓN
- Web de la convocatoria: http://www.red.es/redes/actuaciones/hoteles-con-red
- BOE de la convocatoria nº 152 de 23 de junio de 2014
- Rectificación BOE (27-jun-2014)
- FAQ publicadas por RED.es
- Modelo de Solicitud de presupuesto.
Nota: Si estás interesado en incluir tus datos entre los asociados que prestan sus servicios para este fin, por favor, manda un mail a: anai.cruz@aagit.org con la siguiente información: Apellidos, Nombre, Población,Teléfono, Web, Email.