Efectos de las sentencias del Tribunal Supremo en relación con el Reglamento de ICT

jueves, 31 enero 2013 Tags: , ,
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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado tres sentencias en relación con el Real Decreto 346/2011, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento regulador de las infraestructuras comunes de telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de las edificaciones.

La primera de ellas, de fecha 9 de octubre de 2012, elimina la obligatoriedad de verificación de los proyectos de ICT.

La segunda y la tercera sentencias, dictadas ambas con fecha 17 de octubre, abre la posibilidad de que otros titulados distintos de Ingenieros e Ingenieros técnicos de Telecomunicación puedan firmar de tales proyectos de ICT.

Como consecuencia de estas sentencias, transitoriamente, hasta que se actualicen los correspondientes formularios telemáticos, los proyectos nuevos y proyectos modificados no verificados, firmados por Ingenieros e Ingenieros Técnicos de Telecomunicación y los proyectos nuevos, proyectos modificados, actas de replanteo y certificados de fin de obra firmados por otros titulados, se presentarán en ventanilla en la Jefatura Provincial de Inspección de Telecomunicaciones correspondiente, en soporte CD ROM. Éste incluirá, además del fichero pdf del documento objeto de la presentación, sendos ficheros pdf (uno por cada documento) con la fotocopia del título académico, la declaración responsable de habilitación profesional (según el modelo que se enlaza más abajo) y la autorización del promotor. Este CD ROM se acompañará con un escrito de presentación de la documentación (según  el modelo que se enlaza más abajo).

Para la firma de los citados documentos de ICT, las titulaciones admitidas como válidas hasta la fecha son:

  • Ingeniero de Telecomunicación
  • Ingeniero Técnico de Telecomunicación
  • Ingeniero Industrial
  • Ingeniero Técnico Industrial en Electrónica Industrial

Cualquier otra titulación no se considerará válida, en principio, salvo que se acrediten conocimientos suficientes del firmante para proyectar infraestructuras comunes de telecomunicaciones en el interior de las edificaciones. A tal efecto se solicitará el plan de estudios de la carrera universitaria cursada y la normativa reguladora de la titulación, que avalen dichos conocimientos.

Fuente: http://www.minetur.gob.es/telecomunicaciones/Infraestructuras/Paginas/Index.aspx

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